La Ley de Segunda Oportunidad ofrece una solución para quienes enfrentan dificultades económicas y no pueden hacer frente a sus deudas. Esta herramienta legal permite reorganizar tu economía y, en muchos casos, proteger tu vivienda habitual, es decir, el techo de tu familia, para Alicante segunda oportunidad abogados es una gran responsabilidad hacer todo lo posible para que nuestros clientes mantengan la propiedad de la vivienda familiar.
Si tu vivienda habitual está en Alicante y buscas una salida para tus deudas, es importante conocer cómo esta normativa puede aplicarse en tu caso particular, especialmente en lo referente a la gestión de tu hogar. Aquí te explicamos todo lo que necesitas saber para tomar una decisión informada.
Uno de los mayores temores al acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad es perder la vivienda. Por suerte, la Ley de Segunda Oportunidad ofrece alternativas para proteger tu hogar, siempre dependiendo de la situación concreta que te encuentres:
Previamente has de saber que sólo se protege la vivienda habitual, y que debes estar al día en pago de las cuotas hipotecarias, es decir, si dejaste de pagar hace años no tiene opción mediante la Ley de Segunda Oportunidad de mantener la vivienda, además has de saber que has de hacer un calendario de pagos de 5 años y debes de cumplirlo, y además, continuar pagando las cuotas hipotecarias, y generar recursos suficientes para mantenerte tú y tu familia.
(I) El valor actual de tu vivienda habitual es inferior o igual a la deuda hipotecaria.
Mantendrás la vivienda habitual sin necesidad de hacer un calendario de pagos, puesto que el pasivo –deuda hipotecaria- es superior al activo –valor de la vivienda habitual. Es un procedimiento judicial de 3 meses, y ademas de conservar la propiedad de la vivienda se te perdonaran el resto de deudas, tales como préstamos personales, microcréditos, tarjetas. En este caso, solo deberás continuar pagando la cuota hipotecaria. Hay que tener presente también el importe mensual de la cuota, puesto que si el pago de dicho importe te está provocando la necesidad de pedir la Ley de segunda oportunidad, igual una solución es liquidar la vivienda y quitarte el préstamo, para conseguir lo anterior es necesario que la vivienda esté subasta en una ejecución singular, puesto que los Magistrados de lo mercantil no están por la labor de exonerar –perdonar a futuro- el remanente, ya que debes saber que aunque pierdas la vivienda, es frecuente que sigas manteniendo deuda con el banco por la parte de la hipoteca no cubierta por la subasta, intereses y costas.
Te pongo un ejemplo; El valor actual de tu vivienda habitual son 100.000 Euros, de préstamo hipotecario te resta por pagar 180.000 €, y la cuota hipotecaria mensual son 1.100 Euros. En este supuesto, te recomendaría que el esfuerzo que tienes que hacer para mantener la vivienda igual no te compense, puesto que debes pagar 180.000 Euros más intereses, y una cuota elevada, y el valor de tu vivienda es bastante más bajo de lo que resta por pagar.
Otro ejemplo, sí te interesa mantener la vivienda.- El valor actual de tu vivienda son 100.000 €, y te queda por pagar de hipoteca 95.000 €, y mensualmente pagas una cuota de 400 E. En este caso, continuas pagando la hipoteca, no tienes que hacer calendario de pagos durante 5 años, y no vas a encontrar en el mercado un alquiler inferior a la cuota hipotecaria que pagas, y psicológicamente es aconsejable puesto que continuas residiendo en tu vivienda, y el día de mañana será tuya.
(II) El valor de la vivienda es superior a lo que resta por pagar de hipoteca. Para mantener la vivienda habitual tienes que plantear y cumplir un calendario de pagos durante 5 años.
Efectivamente, este supuesto es menos frecuente que los anteriores, pero se da muchos casos. Estoy hablando de viviendas habituales cuyo valor de mercado actual de venta rápida sea de por ejemplo 120.000 E, y resta por pagar de préstamo hipotecario 90.000, y se paga una cuota hipotecaria ejemplo de 600 Euros al mes.
En este caso, sí tienes activo, porque el valor de la vivienda es superior al pasivo –deuda hipotecaria- con lo cual, tienes que ir a un procedimiento judicial de 9 meses, nombrar administrador concursal, intervención de facultades, y propuesta de calendario de pago durante 5 años –60 meses- a razón de una cuota que se calcularía para tener la mayor seguridad posible de mantener la vivienda así; 500 Euros mensuales durante 60 meses.
Recuerda que vas a mantener la vivienda habitual, que has de ir al día con las cuotas hipotecarias para que te lo concedan, tendrás que pagar durante 5 años, la cuota hipotecaria, el calendario de pagos y gastos de vida. También es cierto que dejarás de pagar los recibos mensuales de préstamos personales, tarjetas, microcréditos y demás deudas que no sean las que te he comentado con anterioridad, salvo deudas con ayuntamiento, Diputación, y lo que exceda de 10.000 Euros con SS y Hacienda.
En Alicante, donde el mercado inmobiliario tiene sus particularidades, y es una realidad que el alquiler está disparado, me estoy encontrando con precios de 900 a 1.200 Euros por vivienda que no las considero de lujo, es fundamental contar con el asesoramiento de un abogado experto en la ley de segunda oportunidad que entienda cómo aplicar esta normativa de manera efectiva y personalizada.
Es sencillo entender que si tienes una vivienda sin hipoteca con un valor de 150.000 Euros, y 30.000 Euros en préstamos personas, se podría conseguir una espera, pero no una quita, y tendría que pagar los 30.000 Euros durante 5 años más los gastos del concurso que durará 9 meses. Lo ideal es buscar otras alternativas, tales como hipotecar la vivienda, o en el peor de los casos venderla, puesto que si no atiendes la situacion las consecuencias pueden ser bastante peores.
La Ley de Segunda Oportunidad no solo busca eliminar deudas, sino también ofrecer estabilidad a quienes cumplen con los requisitos. Entre sus principales beneficios, destacan:
Antes de dar el paso, es esencial que hagas el siguiente cuestionario para acogerte a esta Ley.
Pregunta | Respuesta Necesaria |
¿Tus deudas superan los 12.000 euros? | Sí |
¿Debes menos de 40.000 euros a Hacienda y/o Seguridad Social? | Sí |
¿Tienes una vivienda en propiedad y la hipoteca es igual o supera su valor, o en su caso, el valor de mercado de la vivienda es superior a la hipoteca pero no excesivamente –entre 10.000 y 30.000? | Sí |
¿Eres autónomo o particular con deudas acumuladas? | Sí |
Si respondes “No” a algunas de las preguntas quizá no te interese solicitar la Ley de Segunda Oportunidad.
Si vives en Alicante y las preguntas del checklist confirman que cumples los requisitos, no lo pienses más. Nuestro equipo de abogados especializados en la Ley de Segunda Oportunidad está aquí para guiarte paso a paso.
Llámanos al 722 75 91 23 o solicita aquí una consulta gratis y permítenos ayudarte a recuperar el control de tu vida financiera.